IRPF: Qué es, tramos, retenciones y gastos deducibles

IRPF

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El IRPF es un impuesto que grava la renta que se obtiene a lo largo del año por parte de una persona física que viva y resida en España. Se considera residente en España quien vive la mayor parte del tiempo en España, con independencia de su nacionalidad. Las personas españolas que residan en otro país (excepto los diplomáticos) no están sujetas al IRPF. Las personas extranjeras que residan en España sí están sujetas a este tributo.

Características del IRPF

El IRPF presenta una serie de características que hay que tener en cuenta:

  • Se trata de un tributo de carácter progresivo  porque tiene en cuenta las circunstancias personales y laborales de cada persona física, de manera que finalmente cada individuo tendrá que abonar (o no) una determinada cantidad económica en concepto de IRPF.
  • Es de carácter personal precisamente porque recae sobre el patrimonio personal de las personas físicas.
  • Es un impuesto directo porque grava la renta de la persona física (los impuestos indirectos gravan el consumo, como por ejemplo el IVA).
  • Es un tributo general porque su carga impositiva recae sobre todas las personas físicas.
  • Es un impuesto El IRPF que está parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas y precisamente este hecho implica que existan diferentes deducciones y exenciones en cada CC.AA. Por ejemplo, Ceuta y Melilla tienen un régimen especial, mientras que Vizcaya, Guipúzcoa, Álava y Navarra tienen su propio régimen.

Qué es la base imponible

Existen dos tipos de bases imponibles:

1) Base imponible general: está formada por todas las rentas que se hayan obtenido (rendimientos del trabajo, del capital inmobiliario y mobiliario, actividades económicas, así como las imputaciones de rentas y pérdidas durante el año en cuestión).

2) Base imponible del ahorro: está formada por los ingresos obtenidos de haber realizado inversiones en Bolsa, así como por los réditos obtenidos en cuentas bancarias, depósitos, fondos.

La base imponible la componen las diversas rentas o rendimientos que obtiene una persona física:

Rendimientos del trabajo

Se refiere a las ganancias obtenidas por el trabajo, pero únicamente cuando hablamos de trabajo por cuenta ajena en el que se cobra una nómina, de manera que no se refiere a las ganancias logradas por los trabajadores por cuenta propia (los autónomos). Por tanto, se trata de pagos en dinero o bien en especie.

Ejemplos de rendimiento del trabajo serían:

  • Los salarios.
  • Las prestaciones por desempleo.
  • Los de representación.
  • Los rendimientos obtenidos de impartir conferencias, cursos o seminarios.
  • Las ganancias por derechos de autor.
  • La pensión compensatoria o por alimentos.
  • El cobro de pensiones públicas y planes de pensiones.

Rendimiento de capital mobiliario

Principalmente se refiere a los intereses obtenidos de las cuentas bancarias, depósitos, bonos, obligaciones, renta fija, los dividendos de acciones, seguros de vida o invalidez.

Rendimiento de capital inmobiliario

Son las ganancias que se obtienen por el  arrendamiento de inmuebles rústicos o urbanos, así como por la constitución o cesión de derechos de uso o disfrute sobre los inmuebles rústicos y urbanos.

Rendimiento de actividades económicas

son las ganancias que se obtienen del trabajo por cuenta propia. La legislación enumera a título de ejemplo lo siguiente: las actividades de fabricación, comercio o prestación de servicios, artesanía, agrícola, forestal, ganadera, pesquera, construcción, minería, así como las profesiones liberales, artísticas y deportivas.

Qué es la base liquidable

Cuando a la base imponible se le resta las diversas reducciones o deducciones que estén debidamente recogidas en la legislación vigente (atendiendo a las circunstancias personales de la persona física), se obtiene la base liquidable.

Una vez se conoce la base liquidable se le aplica los correspondientes tipos impositivos que haya lugar.  

Tramos del IRPF

Actualizado a 2022, los tramos del IRPF son los siguientes:

– Desde 0 euros hasta 12.450 euros: 19%.
– Desde 12.450 euros hasta 20.2000 euros: 24%.
– Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%.
– Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%.
– Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%.
– Por encima de de 300.000 euros: 47%.

Conviene recordar el carácter progresivo de este tributo. Esto quiere decir, a modo de ejemplo, que si un contribuyente ha obtenido rendimientos anuales por valor de 22.000 euros no le corresponde pagar el 30%. Sería de la siguiente manera:

Hasta 12.450 euros tendría que abonar el 19% (2.365,5 euros).
De 12.450 a 20.200 euros sería el 24% (1.860 euros).
De 20.200 a 35.200 euros: sería el 30% (540 euros).

La suma final que tendría que pagar en concepto de IRPF serían 4.765,50 euros y no el 30% de 22.000 euros que serían 6.600 euros.

Retenciones del IRPF

Por  retenciones del IRPF se entiende los pagos que las personas físicas realizan a la Agencia Tributaria por adelantado. De esta forma se logran 2 ventajas:

1º El Estado cuenta con dinero para realizar sus labores.

2º La persona física ya ha realizado un adelanto, de manera que si finalmente su declaración de impuestos le sale a pagar, la suma que ha de abonar es más reducida porque ya en su momento adelantó una cantidad, con lo que no le supone una merma importante.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena es su empresa la que les retiene esas cantidades y lo abona a la Agencia Tributaria. Finalmente, si la declaración sale a devolver Hacienda restituirá a la persona física la cuantía que corresponda, en caso de que salga a pagar será la persona física la que tenga que pagar la cantidad que se le indique.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, son ellos los que han de realizar las retenciones en las facturas que emitan y presentar declaraciones cada trimestre mediante el modelo 130 si tributan en estimación directa o bien mediante el modelo 131, si tributan en estimación objetiva o módulos.  

Gastos deducibles

Existen una serie de exenciones y de reducciones atendiendo a las circunstancias personales de cada persona física:

– El mínimo personal son 5.550 euros anuales. Aumentará si la persona tiene más de 65 años y más de 75 años.

– El mínimo familiar dependerá del número de hijos y de padres o abuelos que vivan con la familia y dependan de esa persona física. Si la persona física tiene una discapacidad o bien sus padres, abuelos, hijos, el mínimo familiar también se incrementará.

– Deducción por maternidad para las mujeres que trabajan fuera de su casa y tienen hijos con una edad inferior a los 3 años  con hijos menores de tres años.

– Las familia numerosa o que tengan a su cargo personas con discapacidad.

– Realizar donaciones a fundaciones concretas, así como por hacer inversiones en bienes de interés cultural.

Hasta aquí nuestra explicación de que es el IRPF, los tramos que lo componen, retenciones y gastos deducibles que existen. Esperamos que la próxima vez que tengas que declarar el IRPF tengas más claro por lo que estás pagando.


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